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Nacional: Recibió $4 millones por error, compró un terreno y ahora debe devolver el dinero
14/03/2026 | 2803 visitas
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La Justicia civil determinó que la trabajadora recibió el dinero por una equivocación administrativa y lo incorporó a su patrimonio sin causa legal.
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Una trabajadora del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) de la provincia de Neuquén fue condenada por la Justicia a devolver cuatro millones de pesos que el organismo provincial le había transferido por error a su cuenta bancaria. La decisión fue tomada por el juez Martín Peliquero, quien consideró acreditado que la transferencia se produjo por una equivocación administrativa y que la empleada incorporó ese dinero a su patrimonio sin una causa legal que lo justificara. De acuerdo con el expediente, el error ocurrió cuando la Dirección de Tesorería del organismo realizó una transferencia a la cuenta sueldo de la trabajadora debido a la similitud entre nombres, lo que derivó en que el dinero llegara a la persona equivocada La situación también fue analizada en el fuero penal, donde se inició una denuncia por la posible apropiación de dinero ajeno. Sin embargo, el proceso concluyó con un sobreseimiento por extinción de la acción penal, luego de que la acusada pagara la multa mínima prevista para ese tipo de delito. Pese a esa resolución, el juez Peliquero señaló que en el proceso civil correspondía analizar los hechos a partir de lo reconocido durante la investigación. Durante el juicio, la trabajadora sostuvo que no actuó con la intención de quedarse con el dinero y afirmó que no buscó apropiarse indebidamente de los fondos. También argumentó que su situación económica y la posterior exoneración de su cargo le impidieron devolver el monto de inmediato. No obstante, expresó su disposición a reintegrarlo y solicitó que se reduzcan los intereses y que se tengan en cuenta las retenciones que ya se habían aplicado sobre su salario. En su resolución, el magistrado encuadró el caso dentro de la figura de enriquecimiento sin causa, prevista en los artículos 1794 y 1795 del Código Civil y Comercial de la Nación. Esa normativa establece que una persona no puede beneficiarse económicamente cuando ese beneficio proviene de un error o del perjuicio de otra parte sin justificación legal. En ese marco, la Justicia determinó que el organismo público sufrió una pérdida económica involuntaria y que la empleada recibió un beneficio que no tenía derecho a conservar, por lo que deberá restituir los cuatro millones de pesos. CADENA3
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